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JUICIO DE ALIMENTOS

El concepto de «alimentos» abarca todos los elementos necesarios para el sustento de un hijo, incluyendo habitación, vestido, educación, asistencia médica y recreación. Esta definición se extiende también a la crianza y educación, especialmente cuando el hijo es menor de edad o presenta alguna discapacidad. Es fundamental entender que los padres tienen la obligación legal de proporcionar alimentos a sus hijos, y esta responsabilidad se mantiene hasta que el hijo cumpla 18 años.

Sin embargo, si el hijo está estudiando y carece de recursos propios, la obligación de los padres de proveer alimentos puede extenderse hasta los 21 años. Esto se establece para asegurar que los jóvenes tengan la posibilidad de continuar su educación sin preocuparse por su manutención. En este sentido, el progenitor que asume la responsabilidad de cuidar a los hijos menores de edad o con alguna discapacidad tiene el derecho de iniciar un juicio de alimentos contra el otro progenitor que no esté contribuyendo a la manutención. Este proceso tiene como objetivo fijar una pensión alimenticia acorde a la capacidad económica del progenitor demandado.

Requisitos para el juicio de alimentos

Para iniciar este juicio, es necesario cumplir con ciertos requisitos, que incluyen:

  1. Partidas de nacimiento de los hijos menores de edad: Estas deben estar actualizadas, ya que tienen una validez máxima de dos meses.

  2. Copias de cédulas y papeleta de votación: Se requieren para identificar a las partes involucradas.

  3. Dirección exacta del domicilio del demandado: Esto es esencial para las notificaciones pertinentes en el proceso.

  4. Información sobre la situación económica y laboral del demandado: Es importante conocer la capacidad económica del progenitor al que se le solicitará la pensión alimenticia.

Si deseas más información sobre este proceso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para recibir asesoría especializada y así garantizar el bienestar de tus hijos.

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